- J.F. Ruiz
Estando ya el pastel medio cocido, pues el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo ha tenido a bien anticiparnos el esperado primer fallo en relación al IRPH, considero conveniente hacer un análisis de la cuestión que nos permita situarnos y, lo más importante, que nos ayude a dar los pasos necesarios para que las demandas que tengamos pendientes de resolución o en fase de apelación, no generen a nuestros clientes costas ni cosa juzgada.
- J.F. Ruiz
Estanndo ya el pastel medio cocido, pues el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo ha tenido a bien anticiparnos el esperado primer fallo en relación al IRPH, considero conveniente hacer un análisis cronológico de la cuestión que nos permita situarnos en el momento en que nos encontramos y, lo más importante, que nos ayude a dar los pasos necesarios para que las demandas que tengamos pendientes de resolución o en fase de apelación, no generen a nuestros clientes costas ni cosa juzgada.
- J.F. Ruiz
Según datos oficiales del CGPJ la despenalización de las faltas y la implantación de los nuevos baremos de tráfico ha supuesto una alarmante reducción de las indemnizaciones a las víctimas de tráfico y una disminución superior al 50% en el número de reclamaciones que tramitabamos los abogados.
- J.F. Ruiz
La Audiencia Provincial de Castellón confirma Auto del Juzgado de 1ª Instancia 9 por el que se anula una Ejecución Hipotecaria al entender que la entidad crediticia carece de legitimación para ejecutar la deuda al haberse titulizado la hipoteca. Siendo salvo error, la primera vez que una Audiencia Provincial confirma la tendencia que desde hace unos años se está imponiendo en los Juzgados de 1ª Instancia, por lo que la añado al catálogo de resoluciones relativas a esta cuestión.
- J.F. Ruiz
El Juzgado de 1ª Instancia número 1 de Marbella anula una Ejecución Hipotecaria en la que habían llegado a subastar y adjudicarse dos viviendas al entender que la entidad financiera actuante (Credifimo) carece de legitimación para ejecutar la deuda al haber titulizado la hipoteca.
1ª Instancia 1 Marbella. |
Auto: 8 de febrero de 2017 |
Ejecución Hipotecaria: 59/10 - Resolución: 29/2017 |
Roj: |
Id Cendoj: |
Ponente: Miguel Del Castillo Del Olmo |
- J.F. Ruiz
El Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, en dos sentencias de las que han sido ponentes D. José Antonio Seijas Quintana y D. Fernando Pantaleón Prieto, ha resuelto dos recursos de casación en los se planteaba el problema jurídico relativo a si, determinada judicialmente la filiación paterna de una persona, pueden reclamarse del padre alimentos con efectos retroactivos.
Tribunal Supremo. Sala de lo Civil. |
Sentencia: 29 de septiembre de 2016 |
Recurso: 3326/2015 - Resolución: 573/2016 |
Roj: STS 0000/2016 - ECLI:ES:TS:2016:0000 |
Id Cendoj: 0000000000000000 |
Ponente: José Antonio Seijas Quintana |
La Sala Primera del Tribunal Supremo ha desestimado los dos recursos de casación interpuestos por las madres demandantes.
- J.F. Ruiz
Sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, por la que se aclara la validez como prueba de las grabaciones realizadas por las propias partes de una conversación.
"La grabación subrepticia de una conversación privada por un interlocutor que participa en la misma no puede considerarse obtenida ilícitamente por cuanto no puede vulnerar el derecho al secreto de las comunicaciones quienes son destinatarios de las mismas."
- J.F. Ruiz
Tras casi 4 años de aplicación y sin que la resolución pueda aplicarse con caracter retroactivo, el Tribunal Constitucional ha declarado nulas las tasas judiciales impuestas en la reforma impulsada por Alberto Ruiz-Gallardón, que desde febrero de 2013 subsistían únicamente para las personas jurídicas.
Tribunal Constitucional. Pleno |
Sentencia: 21 de julio de 2016 |
Recurso: 973-2013 - Resolución: 364/2016 |
Ponente: Santiago Martínez-Vares |
El Pleno del Tribunal Constitucional, por unanimidad, ha declarado la inconstitucionalidad y nulidad de las tasas fijadas tanto para el acceso a la jurisdicción como para la interposición de recursos por considerar que vulneran el derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE).